LFPPCPCIA

Artículo 30. Controversias sobre propiedad

La autoridad ordenará peritajes en controversias sobre la propiedad del patrimonio cultural. Esto se hará conforme al reglamento de la Ley.

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Texto Legal

Cuando exista controversia entre las comunidades indígenas y afromexicanas sobre la propiedad de alguna manifestación del patrimonio cultural a que se refiere la Ley, la autoridad ordenará el peritaje correspondiente o cualquier estudio necesario a las instituciones y personas especializadas en la materia de que se trate, conforme lo establezca el reglamento de la Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que las comunidades conozcan el proceso de peritaje y estén preparadas para presentar la documentación necesaria. La claridad en la propiedad es fundamental para la defensa de sus derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LFPPCPCIA?

La autoridad ordenará peritajes en controversias sobre la propiedad del patrimonio cultural. Esto se hará conforme al reglamento de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la Ley de Protección del Patrimonio Cultural de lo...?

[IA] Es importante que las comunidades conozcan el proceso de peritaje y estén preparadas para presentar la documentación necesaria. La claridad en la propiedad es fundamental para la defensa de sus derechos.

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