La autoridad ordenará peritajes en controversias sobre la propiedad del patrimonio cultural. Esto se hará conforme al reglamento de la Ley.
Cuando exista controversia entre las comunidades indígenas y afromexicanas sobre la propiedad de alguna manifestación del patrimonio cultural a que se refiere la Ley, la autoridad ordenará el peritaje correspondiente o cualquier estudio necesario a las instituciones y personas especializadas en la materia de que se trate, conforme lo establezca el reglamento de la Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las comunidades conozcan el proceso de peritaje y estén preparadas para presentar la documentación necesaria. La claridad en la propiedad es fundamental para la defensa de sus derechos.
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Art. 29. Conciliación en autorizaciones
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