LFPPCPCIA

Artículo 37. Acciones del Sistema de Proteccion

Las acciones del Sistema de Proteccion se llevaran a cabo respetando la libre determinacion de las comunidades. Cada comunidad tiene sus propias formas de organizacion que deben ser consideradas.

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Texto Legal

Las acciones que desarrollen las instituciones y organismos en el marco del Sistema de Protección, se llevarán a cabo con base en sus atribuciones legales y con pleno respeto a la libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, según corresponda, así como a las instituciones, procedimientos y formas de organización de cada pueblo o comunidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que las instituciones respeten las particularidades de cada comunidad en sus intervenciones. La adaptacion a los sistemas normativos locales puede mejorar la efectividad de las acciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LFPPCPCIA?

Las acciones del Sistema de Proteccion se llevaran a cabo respetando la libre determinacion de las comunidades. Cada comunidad tiene sus propias formas de organizacion que deben ser consideradas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la Ley de Protección del Patrimonio Cultural de lo...?

[IA] Es fundamental que las instituciones respeten las particularidades de cada comunidad en sus intervenciones. La adaptacion a los sistemas normativos locales puede mejorar la efectividad de las acciones.

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