LFPPCPCIA

Artículo 40. Decisiones sobre elementos culturales

Cada comunidad tiene la facultad de decidir sobre los elementos distintivos de su cultura y su continuidad. Pueden solicitar acciones para su proteccion a traves de la Secretaria Ejecutiva del Sistema.

decisioneselementos culturalescontinuidad

Texto Legal

Corresponde a cada pueblo y comunidad indígena y afromexicana, de acuerdo con sus sistemas normativos, decidir los elementos distintivos de su cultura e identificar las manifestaciones que se encuentran en situación de riesgo, así como las formas y medios para garantizar su continuidad. En su caso, podrán solicitar, a través de la Secretaría Ejecutiva del Sistema, se lleven a cabo las acciones y programas que garanticen su protección, respeto, registro, documentación, investigación, difusión y, en su caso, acciones para su continuidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las comunidades deben estar empoderadas para tomar decisiones sobre su patrimonio cultural. La solicitud de acciones a la Secretaria Ejecutiva puede ser una herramienta efectiva para la proteccion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 40 del LFPPCPCIA?

Cada comunidad tiene la facultad de decidir sobre los elementos distintivos de su cultura y su continuidad. Pueden solicitar acciones para su proteccion a traves de la Secretaria Ejecutiva del Sistema.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 40 de la Ley de Protección del Patrimonio Cultural de lo...?

[IA] Las comunidades deben estar empoderadas para tomar decisiones sobre su patrimonio cultural. La solicitud de acciones a la Secretaria Ejecutiva puede ser una herramienta efectiva para la proteccion.

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