LFSA

Artículo 108. Promoción de establecimientos TIF

La Secretaría fomentará que los centros de sacrificio y procesamiento obtengan el estatus TIF. Estos deben contar con un médico veterinario para asegurar el cumplimiento de las normas.

promociontifsanidad animal

Texto Legal

La Secretaría promoverá que los centros de sacrificio de animales y establecimientos de procesamiento de bienes de origen animal obtengan el carácter de Tipo Inspección Federal una vez que se cumpla con lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento.

Los establecimientos TIF de sacrificio de animales y de procesamiento de bienes de origen animal, deberán tener a su servicio durante las horas laborables, cuando menos un médico veterinario oficial o médico veterinario responsable autorizado para fines de control de bienestar animal, de vigilancia epidemiológica, otras medidas zoosanitarias y de buenas prácticas pecuarias. Párrafo reformado DOF 16-02-2018

LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 21-05-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Asimismo, la Secretaría autorizará la instalación y funcionamiento de las plantas de rendimiento o beneficio, en las cuales también ejercerá la inspección, verificación y vigilancia por personal oficial, unidad de verificación u organismo de certificación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Obtener el estatus TIF puede mejorar la competitividad de los establecimientos. Es recomendable que los propietarios inicien el proceso de certificación lo antes posible para evitar retrasos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del LFSA?

La Secretaría fomentará que los centros de sacrificio y procesamiento obtengan el estatus TIF. Estos deben contar con un médico veterinario para asegurar el cumplimiento de las normas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la LEY de Sanidad Animal?

[IA] Obtener el estatus TIF puede mejorar la competitividad de los establecimientos. Es recomendable que los propietarios inicien el proceso de certificación lo antes posible para evitar retrasos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 108 del LFSA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 108 LFSA desde tu celular