Las multas se impondrán según la gravedad de la falta y las condiciones económicas del infractor, utilizando un tabulador específico. Las multas pueden variar significativamente.
La Secretaría impondrá las multas teniendo en cuenta la gravedad de la falta y las condiciones económicas del infractor, conforme a la tabla del artículo siguiente y de acuerdo con el tabulador que se indica.
A. De 20 a 1000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Inciso reformado DOF 21-05-2024
B. De 1000 a 10,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Inciso reformado DOF 21-05-2024
LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 21-05-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
C. De 10,000 a 50,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Inciso reformado DOF 21-05-2024
D. De 50,000 a 100,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Inciso reformado DOF 21-05-2024
Para los efectos de esta Ley, se entenderá por el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de cometerse la conducta sancionada. Párrafo reformado DOF 21-05-2024
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los contadores deben estar al tanto de las multas potenciales para asesorar adecuadamente a sus clientes sobre el impacto financiero de las infracciones. Mantenerse actualizado sobre el tabulador es esencial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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