La movilización de mercancías reguladas requiere un certificado zoosanitario de movilización, que será expedido por la Secretaría o terceros autorizados.
La movilización de mercancías reguladas en el interior del territorio nacional, quedará sujeta a la expedición del certificado zoosanitario de movilización en origen de las mercancías, previo al cumplimiento de los requisitos y procedimientos que para tal efecto establezca la Secretaría.
Las disposiciones de sanidad animal establecerán los procedimientos para la conservación en archivo de las copias del certificado zoosanitario de movilización.
El certificado zoosanitario de movilización será expedido por la Secretaría, por terceros especialistas autorizados por ésta o por terceros especialistas autorizados en centros de certificación zoosanitaria que dependan de un organismo de certificación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es esencial que los productores gestionen adecuadamente sus certificados zoosanitarios para asegurar la legalidad de sus operaciones y evitar sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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