LFSA

Artículo 9. Colaboración con Hacienda

La Secretaría de Hacienda colaborará con la Secretaría para vigilar el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal en el comercio internacional. Esto es crucial para la regulación de importaciones y exportaciones.

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Texto Legal

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público colaborará con la Secretaría para que, en el ámbito de sus atribuciones, vigile el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal aplicables en la importación, exportación, reexportación y tránsito internacional de mercancías o transporte de pasajeros que lleven consigo mercancías reguladas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración con Hacienda es fundamental para el control de mercancías. Los importadores y exportadores deben estar al tanto de estas regulaciones para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LFSA?

La Secretaría de Hacienda colaborará con la Secretaría para vigilar el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal en el comercio internacional. Esto es crucial para la regulación de importaciones y exportaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY de Sanidad Animal?

[IA] La colaboración con Hacienda es fundamental para el control de mercancías. Los importadores y exportadores deben estar al tanto de estas regulaciones para evitar sanciones.

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