LFZEE

Artículo 31. Concesiones y derechos en la Zona

El Administrador Integral puede obtener concesiones sobre bienes del dominio público necesarios para el desarrollo de la Zona. Al finalizar el Permiso, las obras revertirán a la Nación sin costo, y se establece el derecho del tanto en caso de enajenación de inmuebles privados.

concesionesbieneszona economica

Texto Legal

En términos de las leyes federales específicas, el Administrador Integral podrá obtener las concesiones y otros derechos sobre los bienes del dominio público de la Federación, así como de servicios públicos, que sean necesarios para la construcción, desarrollo, administración y mantenimiento de la Zona.

Al término de la vigencia del Permiso, las obras e instalaciones que hubieren sido permanentemente adheridas a un terreno sujeto al régimen de dominio público de la Federación, revertirán a favor de la Nación sin costo alguno y libres de todo gravamen.

En los casos en que la Zona hubiere sido desarrollada en un inmueble de propiedad privada y se pretenda enajenar el mismo, la Nación gozará del derecho del tanto en igualdad de condiciones para efectos de su adquisición.

Para tal efecto, el propietario deberá dar aviso por escrito a la Secretaría sobre la enajenación, y ésta podrá ejercitar el derecho del tanto dentro de los 30 días siguientes a la recepción del aviso.

La terminación de los Permisos tendrá como consecuencia la terminación de las concesiones o derechos que se hubieren otorgado al Administrador Integral en términos del primer párrafo de este artículo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los Administradores Integrales comprendan las implicaciones de las concesiones y el derecho del tanto, ya que esto puede afectar las decisiones de inversión y desarrollo en la Zona.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LFZEE?

El Administrador Integral puede obtener concesiones sobre bienes del dominio público necesarios para el desarrollo de la Zona. Al finalizar el Permiso, las obras revertirán a la Nación sin costo, y se establece el derecho del tanto en caso de enajenación de inmuebles privados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY de Zonas Económicas Especiales?

[IA] Es crucial que los Administradores Integrales comprendan las implicaciones de las concesiones y el derecho del tanto, ya que esto puede afectar las decisiones de inversión y desarrollo en la Zona.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 31 del LFZEE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 31 LFZEE desde tu celular