LFISAN

Artículo 6. Concepto de enajenación

Se define el concepto de enajenación en el contexto de la ley, incluyendo la incorporación de automóviles al activo fijo. Esto es relevante para determinar cuándo se genera la obligación del impuesto.

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Texto Legal

Para los efectos de esta Ley, se entiende por enajenación, además de lo señalado en el Código Fiscal de la Federación, la incorporación del automóvil al activo fijo de las empresas fabricantes, ensambladoras o importadoras de automóviles e inclusive al de los distribuidores autorizados y comerciantes en el ramo de vehículos, o los que tengan para su venta por más de un año, excepto cuando se trate de automóviles por los que ya se hubiera pagado el impuesto a que esta Ley se refiere. En estos casos, el impuesto se calculará en los términos del artículo 2o. de esta Ley, según proceda. Párrafo reformado DOF 31-12-2003

Se entiende que los automóviles se incorporan al activo fijo de las empresas cuando se utilicen para el desarrollo de las actividades del contribuyente. Artículo reformado DOF 29-12-1997

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que las empresas comprendan cuándo se considera que un automóvil ha sido enajenado para calcular correctamente el impuesto. Se recomienda llevar un registro detallado de estas transacciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LFISAN?

Se define el concepto de enajenación en el contexto de la ley, incluyendo la incorporación de automóviles al activo fijo. Esto es relevante para determinar cuándo se genera la obligación del impuesto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY del Impuesto sobre Automóviles Nuevos?

[IA] Es importante que las empresas comprendan cuándo se considera que un automóvil ha sido enajenado para calcular correctamente el impuesto. Se recomienda llevar un registro detallado de estas transacciones.

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