Establece las cuotas por la expedicion de certificados de inscripcion, certificados de libertad de gravamen, copias certificadas y busquedas en el Registro Publico de Comercio.
Por los servicios de expedicion de certificados y copias que presta el Registro Publico de Comercio, se pagaran los derechos conforme a las siguientes cuotas:
Los certificados que acreditan la existencia de una inscripcion en el Registro Publico de Comercio son indispensables para actos juridicos como la celebracion de contratos, participacion en licitaciones publicas y apertura de cuentas bancarias corporativas. Se paga una cuota fija por cada certificado expedido.
Los certificados de libertad de gravamen acreditan que los bienes de una persona moral no tienen anotaciones de embargo, hipoteca u otro gravamen inscrito. Son frecuentemente solicitados por instituciones financieras como requisito previo al otorgamiento de creditos.
La expedicion de copias certificadas de los documentos que obran en el Registro genera un derecho por cada hoja certificada. Las copias certificadas tienen valor probatorio pleno ante autoridades judiciales y administrativas.
Las busquedas en el sistema registral, ya sean por nombre de persona moral, por folio mercantil o por tipo de acto, generan un derecho por cada busqueda realizada, independientemente de que arroje o no resultados.
Con la modernizacion del Registro Publico de Comercio a traves del SIGER (Sistema Integral de Gestion Registral), muchos de estos servicios pueden solicitarse en linea, manteniendose las mismas cuotas que para los tramites presenciales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los certificados del Registro Publico de Comercio son documentos de uso frecuente en operaciones corporativas. Las empresas que realizan multiples transacciones comerciales deben presupuestar estos costos como parte de sus gastos administrativos recurrentes. La digitalizacion del SIGER ha agilizado los tiempos de entrega.
Art. 29. Derechos del Registro Publico de Comercio
Establece las cuotas por las inscripciones, anotaciones y expedicion de certificados en el Registro Publico de Comercio, incluyendo la constitucion de sociedades, poderes notariales y actos mercantiles.
Art. 31. Derechos por inscripcion de actos mercantiles especiales
Regula las cuotas por la inscripcion de actos mercantiles especiales como contratos de credito, fideicomisos, arrendamiento financiero, factoraje y otros actos sujetos a registro obligatorio.
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