LFCSQ

Artículo 17. Registro Nacional de Sustancias

La Secretaría es responsable de integrar y administrar el Registro que contiene datos sobre las Actividades Reguladas. Este registro se regirá por disposiciones administrativas específicas para su funcionamiento.

registrosecretaríaactividades reguladas

Texto Legal

La Secretaría integrará y administrará el Registro, en donde obrarán los datos relativos a las Actividades Reguladas y obligaciones previstas en la presente Ley.

LEY FEDERAL PARA EL CONTROL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS SUSCEPTIBLES DE DESVÍO PARA LA FABRICACIÓN DE ARMAS QUÍMICAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

La integración y funcionamiento del Registro, así como las reglas de procedimiento para los trámites ante la Secretaría, se regirá por las disposiciones administrativas que al efecto se expidan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta integración del Registro es fundamental para el control de sustancias químicas. Los sujetos obligados deben asegurarse de cumplir con todos los requisitos para evitar problemas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 del LFCSQ?

La Secretaría es responsable de integrar y administrar el Registro que contiene datos sobre las Actividades Reguladas. Este registro se regirá por disposiciones administrativas específicas para su funcionamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17 de la LEY para el Control de Sustancias Químicas Susc...?

[IA] La correcta integración del Registro es fundamental para el control de sustancias químicas. Los sujetos obligados deben asegurarse de cumplir con todos los requisitos para evitar problemas legales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 17 del LFCSQ?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 17 LFCSQ desde tu celular