Se establece que las solicitudes a la Secretaría pueden ser presentadas por los sujetos obligados o sus representantes. Es importante que los documentos estén en español y firmados adecuadamente.
Toda solicitud presentada a la Secretaría por los sujetos obligados, con motivo de lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento, podrán realizarla por sí o a través de representante legal debidamente autorizado, por escrito redactado en idioma español y, en su caso, acompañando los documentos que acrediten su personalidad. El escrito deberá estar firmado por el Sujeto Obligado o su representante legal.
Los documentos que se presenten en idioma distinto al español, deberán acompañarse de la traducción respectiva elaborada por un perito traductor debidamente acreditado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Asegúrese de que toda la documentación presentada a la Secretaría cumpla con los requisitos establecidos. Esto evitará retrasos y problemas en los procesos administrativos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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