El recurso será sobreseído en casos de desistimiento del recurrente o si surge una causa de improcedencia durante el procedimiento. Esto puede cerrar el caso sin resolución.
El recurso será sobreseído en los siguientes supuestos:
I. Por desistimiento expreso del recurrente;
II. Cuando durante el procedimiento en que se sustancie el recurso sobrevenga alguna causa de improcedencia de las señaladas en la presente Ley;
III. Cuando de las constancias que obran en el expediente administrativo quede demostrado que no existe la resolución o acto impugnado, o
IV. Cuando hayan cesado los efectos de la resolución o acto impugnado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los recurrentes evalúen su posición antes de desistirse, ya que esto puede afectar sus derechos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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