LFPPIPP_200521

Artículo 24. Aspectos del Estudio Técnico

El articulo menciona los aspectos que deben considerarse en el estudio técnico, incluyendo el nexo entre la intervención y los factores de riesgo. Esto asegura una evaluación integral de la situación.

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Texto Legal

Recibida la solicitud de incorporación al Programa, el Director en un tiempo razonable, a fin de determinar su procedencia, tomará en consideración el resultado del Estudio Técnico, el cual deberá de contener por lo menos los siguientes aspectos:

I. Que exista un nexo entre la intervención de la persona a proteger en el Procedimiento Penal y los factores de riesgo en que se encuentre la persona susceptible de recibir protección.

En los casos en que se haya concluido la participación de la Persona Protegida en el procedimiento penal, se realizará un estudio a fin de determinar si subsisten las condiciones de riesgo para determinar su continuidad o su terminación de las medidas de protección.

II. Que la persona otorgue su consentimiento y proporcione información fidedigna y confiable para la realización el Estudio Técnico, apercibido que la falsedad en su dicho pudiere tener como consecuencia la no incorporación al Programa.

III. Que la persona a proteger no esté motivado por interés distinto que el de colaborar con la procuración y administración de justicia.

IV. Que las Medidas de Protección sean las idóneas para garantizar la seguridad de la persona.

V. Las obligaciones legales que tenga la persona con terceros. LEY FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN A PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCEDIMIENTO PENAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-05-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VI. Los antecedentes penales que tuviere.

VII. Que la admisión de la persona, no sea un factor que afecte la seguridad del Programa, del Centro o de la Fiscalía General. Fracción reformada DOF 20-05-2021

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los abogados deben estar atentos a los aspectos que se evalúan en el estudio técnico para poder argumentar adecuadamente a favor de sus clientes. Una evaluación completa es clave para la protección.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LFPPIPP_200521?

El articulo menciona los aspectos que deben considerarse en el estudio técnico, incluyendo el nexo entre la intervención y los factores de riesgo. Esto asegura una evaluación integral de la situación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY para la Protección a Personas que Intervien...?

[IA] Los abogados deben estar atentos a los aspectos que se evalúan en el estudio técnico para poder argumentar adecuadamente a favor de sus clientes. Una evaluación completa es clave para la protección.

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