LFPED

Artículo 7. Preferencia en Interpretaciones

En caso de diferentes interpretaciones, se debe preferir la que mejor proteja a las personas afectadas por discriminación. Este artículo prioriza la protección de derechos.

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Texto Legal

Para los efectos del artículo anterior, cuando se presenten diferentes interpretaciones, se deberá preferir aquella que proteja con mayor eficacia a las personas o a los grupos que sean afectados por conductas discriminatorias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este principio de preferencia es clave para la defensa de derechos. Los abogados deben utilizarlo para argumentar en favor de sus clientes en casos de discriminación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del LFPED?

En caso de diferentes interpretaciones, se debe preferir la que mejor proteja a las personas afectadas por discriminación. Este artículo prioriza la protección de derechos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LEY para Prevenir y Eliminar la Discriminación?

[IA] Este principio de preferencia es clave para la defensa de derechos. Los abogados deben utilizarlo para argumentar en favor de sus clientes en casos de discriminación.

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