LFPSDMH

Artículo 13. Omisión de denuncia

Se sanciona a servidores públicos que no denuncien delitos relacionados con hidrocarburos. Esto refuerza la responsabilidad de los funcionarios en la detección de delitos.

omisiondenunciaservidores publicos

Texto Legal

Se sancionará de 3 a 7 años de prisión y multa de 6,000 a 9,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente, a cualquier servidor público que en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, tenga conocimiento de la probable comisión de algún delito materia de esta Ley y no lo denuncie ante la autoridad competente. Párrafo reformado DOF 18-05-2018

Lo anterior, independientemente de las sanciones aplicables conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La responsabilidad de los servidores públicos es crítica. Asegúrese de que su equipo esté informado sobre la importancia de reportar delitos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del LFPSDMH?

Se sanciona a servidores públicos que no denuncien delitos relacionados con hidrocarburos. Esto refuerza la responsabilidad de los funcionarios en la detección de delitos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY para Prevenir y Sancionar los Delitos Comet...?

[IA] La responsabilidad de los servidores públicos es crítica. Asegúrese de que su equipo esté informado sobre la importancia de reportar delitos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 13 del LFPSDMH?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 13 LFPSDMH desde tu celular