LFT

Artículo 153-G. Registro de planes de capacitacion

Durante la vigencia de la relacion de trabajo, los patrones estan obligados a proporcionar formacion y capacitacion.

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Texto Legal

Articulo 153-G - Constancias de Competencia

El registro de planes y programas de capacitacion se hara ante la STPS. Los planes deberan cumplir con las disposiciones aplicables y ser revisados periodicamente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El registro de planes de capacitacion ante la STPS es una obligacion formal que documenta el cumplimiento patronal. Los planes deben actualizarse periodicamente y reflejar las necesidades reales de capacitacion. Las empresas deben conservar los comprobantes de registro y las constancias de capacitacion como evidencia ante posibles inspecciones de la STPS.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 153-G del LFT?

Durante la vigencia de la relacion de trabajo, los patrones estan obligados a proporcionar formacion y capacitacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 153-G de la Ley del Trabajo?

El registro de planes de capacitacion ante la STPS es una obligacion formal que documenta el cumplimiento patronal. Los planes deben actualizarse periodicamente y reflejar las necesidades reales de capacitacion. Las empresas deben conservar los comprobantes de registro y las constancias de capacitacion como evidencia ante posibles inspecciones de la STPS.

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