Reconoce la libertad de trabajadores y patrones para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales y demas formas de organizacion permitidas por la ley.
En toda empresa o establecimiento, el patron debera emplear un noventa por ciento de trabajadores mexicanos, por lo menos. En las categorias de tecnicos y profesionales, los trabajadores deberan ser mexicanos, salvo que no los haya en una especialidad determinada, en cuyo caso el patron podra emplear temporalmente a trabajadores extranjeros, en una proporcion que no exceda del diez por ciento de los de la especialidad.
| Categoria | Mexicanos (minimo) | Extranjeros (maximo) |
|---|---|---|
| **Trabajadores en general** | 90% | 10% |
| **Tecnicos y profesionales** | 90% | 10% (solo si no hay mexicanos disponibles) |
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La obligacion de emplear al menos 90% de trabajadores mexicanos tiene excepciones practicas para directores, administradores y gerentes generales. En la practica, las empresas multinacionales que envian personal extranjero a Mexico deben cuidar esta proporcion. Los tecnicos y profesionales extranjeros solo pueden contratarse temporalmente cuando no existan mexicanos calificados disponibles, lo cual debe documentarse adecuadamente.
Art. 2. Trabajo digno o decente
Define el concepto de trabajo digno o decente como aquel en que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminacion; se tiene acceso a la seguridad social; se percibe un salario remunerador; se recibe capacitacion continua; y se cuenta con condiciones optimas de seguridad e higiene.
Art. 8. Definicion de trabajador
Define al trabajador como la persona fisica que presta a otra, fisica o moral, un trabajo personal subordinado. Establece que se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparacion tecnica requerido.
Art. 10. Definicion de patron
Define al patron como la persona fisica o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Cuando el trabajador utilice los servicios de otros trabajadores, el patron de aquel lo sera tambien de estos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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