LGCC

Artículo 46. Convocatoria de la Comision

La Comision convocara a diversas dependencias y entidades gubernamentales, asi como a representantes de diferentes sectores, para abordar temas relacionados con el cambio climatico. Esta participacion busca enriquecer el trabajo de la Comision y asegurar un enfoque integral en la materia.

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Texto Legal

La Comisión convocará a otras dependencias y entidades gubernamentales entre ellos al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, así como invitar a representantes del Consejo, de los Poderes Legislativo y Judicial, de órganos autónomos, de las Entidades Federativas y en su caso, los Municipios, así como a representantes de los sectores público, social y privado a participar en sus trabajos cuando se aborden temas relacionados con el ámbito de su competencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo destaca la importancia de la colaboracion interinstitucional en el abordaje del cambio climatico. Es recomendable que los contadores y abogados mantengan una red de contactos en estas entidades para facilitar la comunicacion y el intercambio de ideas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del LGCC?

La Comision convocara a diversas dependencias y entidades gubernamentales, asi como a representantes de diferentes sectores, para abordar temas relacionados con el cambio climatico. Esta participacion busca enriquecer el trabajo de la Comision y asegurar un enfoque integral en la materia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 46 de la LEY de Cambio Climático?

[IA] Este articulo destaca la importancia de la colaboracion interinstitucional en el abordaje del cambio climatico. Es recomendable que los contadores y abogados mantengan una red de contactos en estas entidades para facilitar la comunicacion y el intercambio de ideas.

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