LGCS

Artículo 16. Campañas de emergencia

Los sujetos obligados pueden difundir campañas de Comunicación Social en situaciones de emergencia, como salud o desastres naturales. Esto busca mantener informada a la población en momentos críticos.

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Texto Legal

En casos de emergencia derivados de situaciones de salud, desastres naturales o de protección civil, los sujetos obligados podrán difundir campañas de Comunicación Social necesarias para mantener informada a la población de conformidad con lo previsto en el Capítulo VI de este Título.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los entes públicos tengan un plan de comunicación listo para emergencias. La agilidad en la difusión de información puede salvar vidas y mejorar la percepción pública.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del LGCS?

Los sujetos obligados pueden difundir campañas de Comunicación Social en situaciones de emergencia, como salud o desastres naturales. Esto busca mantener informada a la población en momentos críticos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la LEY de Comunicación Social?

[IA] Es importante que los entes públicos tengan un plan de comunicación listo para emergencias. La agilidad en la difusión de información puede salvar vidas y mejorar la percepción pública.

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