Las personas morales que promuevan la activación física y la recreación deportiva serán registradas por la CONADE como Asociaciones o Sociedades Recreativo-Deportivas, dependiendo de su objeto social. Este registro es esencial para la regulación del sector.
Las personas morales, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, estructura y denominación que conforme a su objeto social promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo de la activación física y la recreación deportiva, serán registradas por la CONADE como Asociaciones Recreativo-Deportivas, cuando no persigan fines preponderantemente económicos o como Sociedades Recreativo-Deportivas cuando su actividad se realice con fines preponderantemente económicos o de lucro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las organizaciones comprendan las diferencias entre Asociaciones y Sociedades Recreativo-Deportivas para cumplir con los requisitos de registro. Esto les permitirá acceder a beneficios y apoyos gubernamentales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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