Las instalaciones para eventos deportivos masivos deben contar con equipamiento de seguridad. Las autoridades son responsables de verificar el cumplimiento de esta disposicion.
Para la celebración de eventos deportivos masivos o con fines de espectáculo, las instalaciones en que pretendan realizarse, independientemente del origen de los fondos con que hayan sido construidas, deberán contar con el equipamiento de seguridad y protección civil que establezcan las leyes y demás ordenamientos aplicables.
Las autoridades municipales, o las correspondientes de la Ciudad de México, serán competentes para verificar el cumplimiento de la presente disposición. Párrafo reformado DOF 19-01-2018 Artículo adicionado DOF 09-05-2014
Capítulo II De la Enseñanza, Investigación y Difusión
LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La verificacion de equipamiento de seguridad es crucial para la seguridad de eventos. Los contadores deben estar al tanto de los costos asociados a estas exigencias.
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