LGMSV

Artículo 11. Seguridad Vial

Se definen las medidas y políticas necesarias para prevenir siniestros de tránsito y reducir el riesgo de lesiones. La seguridad vial es una responsabilidad compartida entre autoridades y usuarios.

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Texto Legal

De la seguridad vial. La seguridad vial es el conjunto de medidas, normas, políticas y acciones adoptadas para prevenir los siniestros de tránsito y reducir el riesgo de lesiones y muertes a causa de éstos. Para ello, las autoridades, en el marco de sus respectivas competencias, observarán las siguientes directrices:

I. Infraestructura segura: Espacios viales predecibles y que reducen o minimizan los errores de las personas usuarias y sus efectos, que se explican por sí mismos, en el sentido de que su diseño fomenta velocidades de viaje seguras y ayuda a evitar errores;

II. Velocidades seguras: Velocidades de desplazamiento que se adaptan a la función, nivel de seguridad y condición de cada vía. Las personas conductoras comprenden y cumplen los límites de velocidad y conducen según las condiciones;

III. Vehículos seguros: Los que, con sus características, cuentan con aditamentos o dispositivos, que tienen por objeto prevenir colisiones y proteger a las personas usuarias, incluidos pasajeros, personas peatonas, ciclistas, y usuarias de vehículos no motorizados, en caso de ocurrir una colisión.

IV. Personas usuarias seguras: Personas usuarias que, cumplen con las normas viales, toman medidas para mejorar la seguridad vial y exigen y esperan mejoras en la misma;

V. Atención Médica Prehospitalaria: Establecimiento de un sistema de atención médica prehospitalaria y la aplicación de las normas vigentes en la materia, para la atención efectiva y oportuna de las personas lesionadas en sinestros viales, en términos de las leyes aplicables, y

VI. Seguimiento, gestión y coordinación: Las autoridades competentes establecerán las estrategias necesarias para el fortalecimiento de la seguridad vial, dándoles seguimiento

LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 29-12-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

y evaluación. Asimismo, se coordinarán entre ellas para gestionar de manera eficaz las acciones de prevención, atención durante y posterior a los siniestros viales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La seguridad vial es un aspecto crítico para la implementación de la ley. Los profesionales deben estar al tanto de las directrices para asesorar sobre la seguridad en proyectos de movilidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11 del LGMSV?

Se definen las medidas y políticas necesarias para prevenir siniestros de tránsito y reducir el riesgo de lesiones. La seguridad vial es una responsabilidad compartida entre autoridades y usuarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11 de la LEY de Movilidad y Seguridad Vial?

[IA] La seguridad vial es un aspecto crítico para la implementación de la ley. Los profesionales deben estar al tanto de las directrices para asesorar sobre la seguridad en proyectos de movilidad.

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