LGMSV

Artículo 33. Instrumentos para la Infraestructura

Este artículo establece que la infraestructura vial debe diseñarse y ejecutarse bajo principios de movilidad y seguridad, priorizando a los usuarios vulnerables. Se requiere que las entidades definan estándares de diseño vial.

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Texto Legal

De los instrumentos para la Infraestructura de Movilidad y Seguridad Vial. La Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México establecerán en su normativa aplicable que las obras de infraestructura vial urbana y carretera sean diseñadas y ejecutadas bajo los principios, jerarquía de la movilidad y criterios establecidos en la presente Ley, priorizando aquéllas que atiendan a personas peatonas, vehículos no motorizados y transporte público, de conformidad con las necesidades de cada territorio.

Los estándares de diseño vial y dispositivos de control del tránsito deberán ser definidos por cada entidad federativa, en concordancia con las Normas Oficiales Mexicanas expedidas para tal efecto.

En materia de prevención de siniestros de tránsito, los distintos órdenes de gobierno deberán establecer estrategias, planes y programas de infraestructura vial que, reconociendo la posibilidad del error humano y la interseccionalidad de las personas usuarias de la vía, se encaminen a evitar muertes, lesiones, incluidas en las que se adquiere alguna discapacidad, a través del mejoramiento de la infraestructura vial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los diseñadores de infraestructura deben considerar las necesidades de los grupos vulnerables. Esto implica una revisión cuidadosa de los proyectos para asegurar que cumplan con los estándares establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 33 del LGMSV?

Este artículo establece que la infraestructura vial debe diseñarse y ejecutarse bajo principios de movilidad y seguridad, priorizando a los usuarios vulnerables. Se requiere que las entidades definan estándares de diseño vial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 33 de la LEY de Movilidad y Seguridad Vial?

[IA] Los diseñadores de infraestructura deben considerar las necesidades de los grupos vulnerables. Esto implica una revisión cuidadosa de los proyectos para asegurar que cumplan con los estándares establecidos.

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