Este artículo fue adicionado en 1990 y derogado en 1993. Su contenido ya no es aplicable.
(Se deroga). Artículo adicionado DOF 03-01-1990. Derogado DOF 15-07-1993
CAPITULO II De la revocación y liquidación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La derogación de este artículo contribuye a la claridad y simplificación del marco normativo actual.
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