El Registro Nacional tiene como objetivo concentrar información sobre los Centros de Atención y facilitar la supervisión de los mismos. Es clave para la definición de políticas públicas en el sector.
El Registro Nacional se organizará conforme a lo dispuesto por el Reglamento y tendrá por objeto:
I. Coadyuvar al cumplimiento de los objetivos de la política nacional y del Consejo;
II. Concentrar la información de los Centros de Atención de los sectores público, social y privado que presten servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil;
III. Identificar a los prestadores de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en cualquiera de sus Modalidades y Tipos, así como mantener actualizada la información que lo conforma;
LEY GENERAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
IV. Contar con un control estadístico que contribuya a la definición de políticas públicas a que se refiere esta Ley, y
V. Facilitar la supervisión de los Centros de Atención.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La existencia de un Registro Nacional permite un mejor control y supervisión de los servicios infantiles. Es recomendable que los prestadores de servicios se mantengan actualizados sobre la información que deben reportar.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo