LGPSACDII

Artículo 40. Clasificación de Tipos de Centros

Los Centros de Atención se clasifican en tipos según su capacidad instalada, lo que afecta su operación y requisitos de seguridad. Esta clasificación es importante para la regulación.

tiposclasificacioncapacidad instalada

Texto Legal

Para efectos de protección civil, los Centros de Atención, en función de su capacidad instalada, se clasifican en los siguientes Tipos:

Tipo 1: Con capacidad instalada para dar servicio hasta 10 sujetos de atención, administrada por personal profesional o capacitado de acuerdo al tipo de servicio, tipo de inmueble: casa habitación o local comercial.

Tipo 2: Con capacidad instalada para dar servicio de 11 hasta 50 sujetos de atención, administrado por personal profesional o capacitado de acuerdo al tipo de servicio, tipo de inmueble: Casa habitación, local comercial o inmueble con instalaciones específicamente diseñadas, construidas o habilitadas de acuerdo al tipo de servicio.

Tipo 3: Con capacidad instalada para dar servicio de 51 hasta 100 sujetos de atención, administrado por personal profesional o capacitado de acuerdo al tipo de servicio, tipo de inmueble: Casa habitación, local comercial o inmueble con instalaciones específicamente diseñadas, construidas o habilitadas de acuerdo al tipo de servicio.

Tipo 4: Con capacidad instalada para dar servicio a más de 100 sujetos de atención, administrado por personal profesional o capacitado de acuerdo al tipo de servicio, tipo de inmueble: Casa habitación, local comercial o inmueble con instalaciones específicamente diseñadas, construidas o habilitadas de acuerdo al tipo de servicio.

La tipología anterior, se ajustará a las normas de cada institución y al Reglamento de esta Ley.

Capítulo VIII De las Medidas de Seguridad y Protección Civil

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La clasificación de los centros según su capacidad es fundamental para asegurar la adecuada atención. Los profesionales deben conocer estas categorías para cumplir con las normativas de seguridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 40 del LGPSACDII?

Los Centros de Atención se clasifican en tipos según su capacidad instalada, lo que afecta su operación y requisitos de seguridad. Esta clasificación es importante para la regulación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 40 de la LEY de Prestación de Servicios para la Atención...?

[IA] La clasificación de los centros según su capacidad es fundamental para asegurar la adecuada atención. Los profesionales deben conocer estas categorías para cumplir con las normativas de seguridad.

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