Una vez admitido el recurso de revisión, se puede buscar una conciliación entre las partes. Si se llega a un acuerdo, este tendrá efectos vinculantes.
Una vez admitido el recurso de revisión, la Secretaría o, en su caso, las Autoridades garantes podrán buscar una conciliación entre la persona titular y el responsable. De llegar a un acuerdo, este se hará constar por escrito y tendrá efectos vinculantes. El recurso de revisión quedará sin materia y la Secretaría o, en su caso, las Autoridades garantes, deberán verificar el cumplimiento del acuerdo respectivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La conciliación puede ser una alternativa efectiva para resolver conflictos. Las partes deben estar dispuestas a negociar y encontrar soluciones mutuamente beneficiosas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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