LGSC

Artículo 39. Voto por carta poder

Las bases constitutivas pueden permitir el voto por carta poder, que debe ser otorgada ante dos testigos. Esto facilita la participacion de socios ausentes.

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Texto Legal

Las bases constitutivas pueden autorizar el voto por carta poder otorgada ante dos testigos, debiendo recaer en todo caso la representación, en un coasociado, sin que éste pueda representar a más de dos socios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Permitir el voto por carta poder puede aumentar la participacion de socios. Es importante establecer procedimientos claros para su uso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 39 del LGSC?

Las bases constitutivas pueden permitir el voto por carta poder, que debe ser otorgada ante dos testigos. Esto facilita la participacion de socios ausentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 39 de la LEY de Sociedades Cooperativas?

[IA] Permitir el voto por carta poder puede aumentar la participacion de socios. Es importante establecer procedimientos claros para su uso.

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