LGT

Artículo 37. Campañas de Promoción Turística

Los Estados y Municipios deben coordinarse con la Secretaría para desarrollar campañas de promoción turística tanto a nivel nacional como internacional. Esto es crucial para atraer visitantes.

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Texto Legal

Los Estados, los Municipios y la Ciudad de México deberán coordinarse con la Secretaría para el desarrollo de las campañas de promoción turística en territorio nacional y el extranjero. Artículo reformado DOF 22-12-2017

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coordinación en campañas de promoción es fundamental para el éxito del turismo. Los asesores deben ayudar a sus clientes a diseñar estrategias efectivas que resalten las ventajas de sus destinos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LGT?

Los Estados y Municipios deben coordinarse con la Secretaría para desarrollar campañas de promoción turística tanto a nivel nacional como internacional. Esto es crucial para atraer visitantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de Turismo?

[IA] La coordinación en campañas de promoción es fundamental para el éxito del turismo. Los asesores deben ayudar a sus clientes a diseñar estrategias efectivas que resalten las ventajas de sus destinos.

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