Se requiere autorización para la prestación de servicios relacionados con residuos peligrosos, garantizando un manejo adecuado. Esto es clave para la regulación del sector.
Requiere autorización previa de la Secretaría:
I.- La prestación de servicios a terceros que tenga por objeto la operación de sistemas para la recolección, almacenamiento, transporte, reuso, tratamiento, reciclaje, incineración y disposición final de residuos peligrosos;
II.- La instalación y operación de sistemas para el tratamiento o disposición final de residuos peligrosos, o para su reciclaje cuando éste tenga por objeto la recuperación de energía, mediante su incineración, y
III.- La instalación y operación, por parte del generador de residuos peligrosos, de sistemas para su reuso, reciclaje y disposición final, fuera de la instalación en donde se generaron dichos residuos. Artículo adicionado DOF 13-12-1996
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben gestionar las autorizaciones necesarias para operar en este sector y cumplir con la normativa.
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