LGEEPA

Artículo 167. Notificación de medidas correctivas

La autoridad requerirá al interesado que adopte medidas correctivas tras recibir el acta de inspección, otorgando un plazo para su cumplimiento. El interesado puede presentar alegatos y pruebas en su defensa.

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Texto Legal

Recibida el acta de inspección por la autoridad ordenadora, requerirá al interesado, cuando proceda, mediante notificación personal o por correo certificado con acuse de recibo, para que adopte de inmediato las medidas correctivas o de urgente aplicación que, en su caso, resulten necesarias para cumplir con las disposiciones jurídicas aplicables, así como con los permisos, licencias, autorizaciones o concesiones respectivas, señalando el plazo que corresponda para su cumplimiento, fundando y motivando el requerimiento. Asimismo, deberá señalarse al interesado que cuenta con un término de quince días para que exponga lo que a su derecho convenga y, en su caso, aporte las pruebas que considere procedentes en relación con la actuación de la Secretaría. Párrafo reformado DOF 31-12-2001

Admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por el interesado, o habiendo transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, sin que haya hecho uso de ese derecho, se pondrán a su disposición las actuaciones, para que en un plazo tres días hábiles, presente por escrito sus alegatos. Artículo reformado DOF 13-12-1996

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los interesados deben actuar rápidamente al recibir notificaciones para evitar sanciones. Es recomendable documentar todas las comunicaciones y respuestas a la autoridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 167 del LGEEPA?

La autoridad requerirá al interesado que adopte medidas correctivas tras recibir el acta de inspección, otorgando un plazo para su cumplimiento. El interesado puede presentar alegatos y pruebas en su defensa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 167 de la LEY del Equilibrio Ecológico y la Protección al...?

[IA] Los interesados deben actuar rápidamente al recibir notificaciones para evitar sanciones. Es recomendable documentar todas las comunicaciones y respuestas a la autoridad.

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