Se enumeran las causas por las cuales un expediente de denuncia popular puede ser cerrado, incluyendo incompetencia y falta de interés del denunciante. Esto proporciona claridad sobre el proceso.
Los expedientes de denuncia popular que hubieren sido abiertos, podrán ser concluidos por las siguientes causas:
I.- Por incompetencia de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para conocer de la denuncia popular planteada;
II.- Por haberse dictado la recomendación correspondiente;
III.- Cuando no existan contravenciones a la normatividad ambiental;
IV.- Por falta de interés del denunciante en los términos de este Capítulo;
V.- Por haberse dictado anteriormente un acuerdo de acumulación de expedientes;
VI.- Por haberse solucionado la denuncia popular mediante conciliación entre las partes;
VII.- Por la emisión de una resolución derivada del procedimiento de inspección, o
VIII.- Por desistimiento del denunciante. Artículo adicionado DOF 13-12-1996
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer estas causas puede ayudar a los abogados a anticipar posibles obstáculos en el proceso de denuncia y asesorar a sus clientes en consecuencia.
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