Este articulo señala que las autoridades de las Entidades Federativas se encargarán de la investigación de los delitos no contemplados en el articulo anterior. Es fundamental entender esta división de competencias.
La investigación, persecución y sanción de los delitos previstos en esta Ley, corresponderá a las autoridades de las Entidades Federativas en los casos no previstos en el artículo anterior.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los contadores y abogados deben estar al tanto de las competencias estatales para evitar confusiones en la gestión de casos. La correcta identificación de la autoridad competente es clave para el éxito del proceso.
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Art. 24. Competencia de autoridades federales
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Art. 26. Competencia exclusiva de autoridades
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