La Junta de Gobierno tiene la competencia para aprobar el Estatuto Orgánico y la estructura del Consejo Nacional. También supervisa el presupuesto y los programas anuales.
La Junta de Gobierno, además de las atribuciones que le confieran otros ordenamientos, será competente para:
I. Analizar y, en su caso, aprobar y expedir el Estatuto Orgánico y las modificaciones que le proponga la persona titular de la Dirección General, así como establecer los órganos internos
LEY GENERAL EN MATERIA DE HUMANIDADES, CIENCIAS, TECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 08-05-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
permanentes o transitorios que estime convenientes para la realización del objeto del Consejo Nacional;
En caso de falta absoluta del personal mencionado en el intervalo entre sesiones de la Junta de Gobierno, la persona titular de la Dirección General podrá nombrar de manera interina a la persona servidora pública en el cargo, la cual estará sujeta a la ratificación de dicho órgano de gobierno. Si ésta no ocurre, se tendrá que presentar una nueva propuesta;
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pública, sin perjuicio de lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia del Sistema de Evaluación del Desempeño;
XV. Aprobar, en su caso, los acuerdos que sean sometidos a su consideración por la persona titular de la Dirección General, en el ejercicio de sus facultades, así como tomar conocimiento de los asuntos que se estimen de relevancia institucional, y
XVI. Las demás que le resulten aplicables.
Sección Segunda De la Dirección General
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las decisiones de la Junta de Gobierno impactan directamente en la ejecución de programas. Es recomendable que los interesados mantengan un seguimiento de sus actividades y resoluciones.
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