LGMHCTI

Artículo 70. Designación de la Dirección General

El Ejecutivo Federal puede designar y remover al titular de la Dirección General del Consejo Nacional, quien debe cumplir con ciertos requisitos de formación y trayectoria.

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Texto Legal

La persona titular del Ejecutivo Federal puede designar y remover libremente a la persona titular de la Dirección General del Consejo Nacional, quien deberá reunir los siguientes requisitos:

I. Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos;

II. Contar con una sólida formación curricular, así como con una trayectoria humanística, científica o tecnológica sobresaliente, que incluya actividades de formación y docencia, la coordinación de instancias académicas o administrativas y la dirección o articulación de programas o proyectos de investigación humanística o científica, de desarrollo tecnológico o de innovación, en el sector público;

III. Haber realizado destacadas aportaciones teóricas y de incidencia pública o social en materia de humanidades, ciencias, tecnologías o innovación, además de haber participado en actividades de acceso universal al conocimiento humanístico y científico y a sus beneficios sociales, y

IV. No encontrarse en alguno de los impedimentos a que se refiere el artículo 21, fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La elección del titular de la Dirección General es crucial para la dirección del consejo. Los profesionales deben estar atentos a estos cambios para adaptarse a nuevas políticas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 70 del LGMHCTI?

El Ejecutivo Federal puede designar y remover al titular de la Dirección General del Consejo Nacional, quien debe cumplir con ciertos requisitos de formación y trayectoria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 70 de la LEY en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnol...?

[IA] La elección del titular de la Dirección General es crucial para la dirección del consejo. Los profesionales deben estar atentos a estos cambios para adaptarse a nuevas políticas.

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