LGPGIR

Artículo 70. Responsabilidad de propietarios

Los propietarios de predios contaminados son responsables de llevar a cabo acciones de remediación. Esto incluye la posibilidad de repetir contra el causante de la contaminación.

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Texto Legal

Los propietarios o poseedores de predios de dominio privado y los titulares de áreas concesionadas, cuyos suelos se encuentren contaminados, serán responsables solidarios de llevar a cabo las acciones de remediación que resulten necesarias, sin perjuicio del derecho a repetir en contra del causante de la contaminación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los propietarios deben estar informados sobre sus responsabilidades para evitar sanciones. Es recomendable contar con asesoría legal para manejar adecuadamente estas situaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 70 del LGPGIR?

Los propietarios de predios contaminados son responsables de llevar a cabo acciones de remediación. Esto incluye la posibilidad de repetir contra el causante de la contaminación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 70 de la LEY para la Prevención y Gestión Integral de lo...?

[IA] Los propietarios deben estar informados sobre sus responsabilidades para evitar sanciones. Es recomendable contar con asesoría legal para manejar adecuadamente estas situaciones.

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