La Ley tiene como objetivo establecer competencias y coordinación entre autoridades para prevenir y sancionar la tortura. También define tipos penales y medidas de atención a víctimas.
La presente Ley tiene por objeto:
I. Establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, juzgar y sancionar los delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;
LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y SANCIONAR LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-04-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Establecer los tipos penales de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y sus sanciones; las reglas generales para su investigación, procesamiento y sanción, así como las normas aplicables ante la comisión de otros delitos vinculados; y
III. Establecer medidas específicas de atención, ayuda, asistencia, protección integral y reparación para garantizar los derechos de las Víctimas de los delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo detalla las funciones de las autoridades, lo que es crucial para la implementación efectiva de la Ley. Los contadores deben estar atentos a las implicaciones en la gestión de recursos para estas acciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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