LGS

Artículo 102. Transmision de acciones con obligaciones

La transmisión de acciones que conlleven obligaciones adicionales requiere aceptación de la sociedad o de terceros, salvo excepciones.

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Texto Legal

Transmisión de acciones afectas a obligaciones adicionales Salvo que el pacto social, el estatuto o el convenio con terceros establezcan lo contrario, la transmisión de acciones cuya titularidad lleve aparejada el cumplimiento de obligaciones para con la sociedad, otros accionistas o terceros, deberá contar, según corresponda, con la aceptación de la sociedad, de los accionistas o terceros a favor de quienes se haya pactado la obligación. Tal aceptación no será necesaria cuando el obligado garantice solidariamente su cumplimiento, si la naturaleza de la obligación lo permite.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con las condiciones de transmisión puede resultar en la nulidad de la cesión, afectando la capacidad de los accionistas para vender sus acciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 102 del LGS?

La transmisión de acciones que conlleven obligaciones adicionales requiere aceptación de la sociedad o de terceros, salvo excepciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 102 de la LGS?

No cumplir con las condiciones de transmisión puede resultar en la nulidad de la cesión, afectando la capacidad de los accionistas para vender sus acciones.

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