La transmisión de acciones que conlleven obligaciones adicionales requiere aceptación de la sociedad o de terceros, salvo excepciones.
Transmisión de acciones afectas a obligaciones adicionales Salvo que el pacto social, el estatuto o el convenio con terceros establezcan lo contrario, la transmisión de acciones cuya titularidad lleve aparejada el cumplimiento de obligaciones para con la sociedad, otros accionistas o terceros, deberá contar, según corresponda, con la aceptación de la sociedad, de los accionistas o terceros a favor de quienes se haya pactado la obligación. Tal aceptación no será necesaria cuando el obligado garantice solidariamente su cumplimiento, si la naturaleza de la obligación lo permite.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No cumplir con las condiciones de transmisión puede resultar en la nulidad de la cesión, afectando la capacidad de los accionistas para vender sus acciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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