En la prenda de acciones, los derechos de accionista corresponden al propietario, pero el acreedor puede intervenir en caso de incumplimiento. Esto regula la relación entre propietarios y acreedores.
Prenda de acciones En la prenda de acciones los derechos de accionista corresponden al propietario. El acreedor prendario está obligado a facilitar el ejercicio de sus derechos al accionista. Son de cargo de éste los gastos correspondientes. Si el propietario incumple la obligación de pagar los dividendos pasivos, el acreedor prendario puede cumplir esta obligación, repitiendo contra el propietario, o proceder a la realización de la prenda, reconociéndose la preferencia que para el cobro de los dividendos pasivos tiene la sociedad. Lo establecido en este artículo admite pacto en contrario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La prenda puede ser una herramienta de financiamiento, pero implica riesgos si no se manejan adecuadamente las obligaciones de pago. Es esencial tener claridad en los acuerdos para evitar conflictos.
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