LGS

Artículo 262. Artículo 262

Texto Legal

H.- Sanciones y disposiciones de la CONASEV En caso de que la Sociedad incumpla cualquiera de las obligaciones de protección de accionistas minoritarios considerados en la presente Ley o en las disposiciones que emita la CONASEV, ésta aplicará, con criterios de razonabilidad y proporcionalidad, las sanciones administrativas de amonestación y multas no menores de una (1) ni mayores de veinticinco (25) Unidades Impositivas Tributarias. La CONASEV aprobará, mediante resolución de directorio, las normas complementarias sobre aplicación de sanciones a infracciones de la presente Ley o disposiciones relativas a la protección de los derechos de los accionistas minoritarios. Artículo incorporado por el artículo 1 de la Ley 28370 , publicada el 30 de octubre de 2004 (link: lpd.pe/0LKrv ) .

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 262 del LGS?

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