LGS

Artículo 32. Responsabilidad del nuevo socio

Este articulo establece que un nuevo socio responde por las obligaciones previas de la sociedad. Ningún acuerdo en contrario afecta a terceros.

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Texto Legal

Responsabilidad del nuevo socio Quien adquiere una acción o participación en una sociedad existente responde, de acuerdo a la forma societaria respectiva, por todas las obligaciones sociales contraídas por la sociedad con anterioridad. Ningún pacto en contrario tiene efectos frente a terceros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los nuevos socios deben ser conscientes de las deudas existentes al unirse a una sociedad. Esto puede influir en su decisión de inversión y en la evaluación del riesgo financiero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del LGS?

Este articulo establece que un nuevo socio responde por las obligaciones previas de la sociedad. Ningún acuerdo en contrario afecta a terceros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la LGS?

Los nuevos socios deben ser conscientes de las deudas existentes al unirse a una sociedad. Esto puede influir en su decisión de inversión y en la evaluación del riesgo financiero.

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