LGS

Artículo 380. Publicación de aviso

Los acuerdos de escisión deben publicarse tres veces con intervalos de cinco días. Esto inicia el plazo para el ejercicio del derecho de separación.

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Texto Legal

Publicación de aviso Cada uno de los acuerdos de escisión se publica por tres veces, con cinco días de intervalo entre cada aviso. Los avisos podrán publicarse en forma independiente o conjunta por las sociedades participantes. El plazo para el ejercicio del derecho de separación empieza a contarse a partir del último aviso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La publicación adecuada de los avisos es esencial para garantizar que todos los socios estén informados y puedan ejercer su derecho de separación. Fallar en esto puede llevar a impugnaciones futuras.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 380 del LGS?

Los acuerdos de escisión deben publicarse tres veces con intervalos de cinco días. Esto inicia el plazo para el ejercicio del derecho de separación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 380 de la LGS?

La publicación adecuada de los avisos es esencial para garantizar que todos los socios estén informados y puedan ejercer su derecho de separación. Fallar en esto puede llevar a impugnaciones futuras.

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