LIR-PE

Artículo 12. Rentas netas de contribuyentes no domiciliados

Este artículo presume que las rentas netas de contribuyentes no domiciliados son iguales a los importes que resulten de aplicar ciertos porcentajes. Es clave para la tributación de empresas extranjeras.

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Texto Legal

Se presume de pleno derecho que las rentas netas obtenidas por contribuyentes no domiciliados en el país, a raíz de actividades que se llevan a cabo parte en el país y parte en el extranjero, son iguales a los importes que resulten de aplicar sobre los ingresos brutos provenientes de las mismas, los porcentajes que establece el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Comprender esta presunción es vital para calcular correctamente las obligaciones fiscales de contribuyentes no domiciliados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LIR-PE?

Este artículo presume que las rentas netas de contribuyentes no domiciliados son iguales a los importes que resulten de aplicar ciertos porcentajes. Es clave para la tributación de empresas extranjeras.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LIR-PE?

Comprender esta presunción es vital para calcular correctamente las obligaciones fiscales de contribuyentes no domiciliados.

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