LIR-PE

Artículo 7. Definición de domiciliados

Este articulo define quiénes se consideran domiciliados en el país para efectos fiscales, incluyendo criterios de residencia. Es fundamental para determinar la obligación tributaria.

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Texto Legal

Se consideran domiciliadas en el país: a) Las personas naturales de nacionalidad peruana que tengan domicilio en el país, de acuerdo con las normas de derecho común. b) Las personas naturales extranjeras que hayan residido o permanecido en el país dos (2) años o más en forma continuada. Las ausencias temporales de hasta noventa (90) días calendario en cada ejercicio gravable no interrumpen la continuidad de la residencia o permanencia. c) Las personas que desempeñan en el extranjero funciones de representación o cargos oficiales y que hayan sido designadas por el Sector Público Nacional. d) Las personas jurídicas constituidas en el país. e) Las sucursales, agencias u otros establecimientos permanentes en el Perú de personas naturales o jurídicas no domiciliadas en el país, en cuyo caso la condición de domiciliados alcanza a la sucursal, agencia u otro establecimiento permanente, en cuanto a su renta de fuente peruana. f) Las sucesiones, cuando el causante, a la fecha de su fallecimiento, tuviera la condición de domiciliado con arreglo a las disposiciones de esta Ley. g) Los bancos multinacionales a que se refiere el Título III de la Sección Tercera de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros, aprobada por Decreto Legislativo N° 770, respecto de las rentas generadas por créditos, inversiones y operaciones previstos en el segundo párrafo del

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender tu estatus de domiciliado es crucial, ya que afecta tu responsabilidad tributaria. Cambiar tu residencia sin notificar puede llevar a problemas con la SUNAT.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del LIR-PE?

Este articulo define quiénes se consideran domiciliados en el país para efectos fiscales, incluyendo criterios de residencia. Es fundamental para determinar la obligación tributaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LIR-PE?

Entender tu estatus de domiciliado es crucial, ya que afecta tu responsabilidad tributaria. Cambiar tu residencia sin notificar puede llevar a problemas con la SUNAT.

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