LIR-PE

Artículo 73-A. Plazos de Abono de Retenciones

Las retenciones deben ser abonadas al Fisco dentro de los plazos establecidos por el Codigo Tributario. Esto asegura el cumplimiento de las obligaciones fiscales mensuales.

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Texto Legal

Las retenciones previstas en este artículo deberán abonarse al Fisco dentro de los plazos establecidos por el Código Tributario para las obligaciones de periodicidad mensual. Artículo sustituido por el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de los plazos puede resultar en multas y recargos, afectando la liquidez de la empresa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 73-A del LIR-PE?

Las retenciones deben ser abonadas al Fisco dentro de los plazos establecidos por el Codigo Tributario. Esto asegura el cumplimiento de las obligaciones fiscales mensuales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 73-A de la LIR-PE?

El incumplimiento de los plazos puede resultar en multas y recargos, afectando la liquidez de la empresa.

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