Establece la posibilidad de que los contribuyentes obtengan una resolución anticipada del SAT sobre la metodología de precios de transferencia aplicable a sus operaciones con partes relacionadas.
Los contribuyentes podrán solicitar a las autoridades fiscales una resolución particular sobre la determinación de precios de transferencia en operaciones con partes relacionadas.
Unilateral: Acuerdo solo con el SAT mexicano.
Bilateral: Acuerdo entre el SAT y la autoridad fiscal del otro país involucrado.
Multilateral: Acuerdo que involucra a autoridades de múltiples jurisdicciones.
El APA tendrá vigencia hasta por 5 ejercicios y podrá renovarse.
La solicitud deberá incluir:
I. Descripción detallada de las operaciones cubiertas.
II. Metodología de precios de transferencia propuesta.
III. Documentación comprobatoria y análisis económico.
IV. Información sobre las partes relacionadas involucradas.
Una vez aprobado, el contribuyente que cumpla con los términos del APA tendrá certeza jurídica de que sus precios de transferencia son correctos para el periodo acordado.
El APA elimina la incertidumbre y reduce el riesgo de ajustes fiscales por parte del SAT en materia de precios de transferencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los acuerdos anticipados de precios de transferencia (APA) proporcionan certeza juridica sobre la metodologia de precios de transferencia. SDV evalua la conveniencia de solicitar un APA y prepara la solicitud con el analisis economico y funcional requerido por la autoridad.
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