Establece el estímulo fiscal para las cuentas personales especiales para el ahorro (cuentas de ahorro de largo plazo). Los depósitos son deducibles y los rendimientos se acumulan hasta el retiro.
Los contribuyentes personas físicas podrán realizar depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro que gozarán de un tratamiento fiscal preferencial.
Los depósitos realizados en estas cuentas serán deducibles del ISR, conforme a las limitaciones del artículo 151.
El monto máximo de depósitos deducibles en el ejercicio será de $152,000 (actualizable).
Los rendimientos generados en las cuentas de ahorro no se acumularán durante el periodo de inversión. Se acumularán al momento del retiro.
Al momento del retiro, el monto retirado (depósitos más rendimientos) se considerará ingreso acumulable y se gravará conforme a la tarifa del artículo 152.
Las cuentas deberán abrirse en instituciones del sistema financiero autorizadas (bancos, casas de bolsa, aseguradoras).
Los recursos deberán permanecer invertidos por un plazo mínimo de 5 años para gozar del tratamiento preferencial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las cuentas personales del ahorro permiten deducir aportaciones complementarias de retiro hasta ciertos limites. SDV recomienda a personas fisicas utilizar este estimulo para reducir su base gravable y acumular un fondo de retiro con beneficio fiscal.
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