Establece los requisitos que deben cumplir permanentemente las donatarias autorizadas para mantener su autorización: transparencia, rendición de cuentas, publicación de información, destino del patrimonio y límites en remuneraciones.
Las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles deberán cumplir permanentemente con los siguientes requisitos:
I. Mantener a disposición del público en general la información relativa a la transparencia, al uso y destino de los donativos recibidos.
II. Informar al SAT sobre el uso y destino que se haya dado a los donativos recibidos.
III. Destinar sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna.
IV. Las actividades que desarrollen tendrán como finalidad primordial el cumplimiento de su objeto social.
V. En caso de liquidación, destinar la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos.
VI. Las remuneraciones de los directivos y administradores no podrán ser en ningún caso superiores al promedio de las remuneraciones de la institución o en su defecto, al promedio del sector.
VII. Llevar contabilidad que permita identificar los ingresos y los donativos percibidos, así como los gastos y las inversiones realizadas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los requisitos para mantener la autorizacion de donataria autorizada son estrictos y su incumplimiento puede causar la revocacion. SDV supervisa el cumplimiento continuo de estos requisitos, incluyendo la transparencia en el uso de los donativos y las obligaciones de informacion.
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Art. 81. Autorización para recibir donativos deducibles
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Art. 82-Bis. Certificación de cumplimiento de donatarias autorizadas
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