LNMASCMP

Artículo 21. Concepto de mediación

La mediación es un mecanismo voluntario donde los Intervinientes buscan soluciones a la controversia con la ayuda de un Facilitador. Este promueve la comunicación y el entendimiento mutuo.

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Texto Legal

Concepto Es el mecanismo voluntario mediante el cual los Intervinientes, en libre ejercicio de su autonomía, buscan, construyen y proponen opciones de solución a la controversia, con el fin de alcanzar la solución de ésta. El Facilitador durante la mediación propicia la comunicación y el entendimiento mutuo entre los Intervinientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La mediación puede ser una alternativa efectiva para resolver conflictos sin llegar a juicio. Los abogados deben evaluar si este mecanismo es adecuado para sus casos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LNMASCMP?

La mediación es un mecanismo voluntario donde los Intervinientes buscan soluciones a la controversia con la ayuda de un Facilitador. Este promueve la comunicación y el entendimiento mutuo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY Nacional de Mecanismos Alternativos de Solu...?

[IA] La mediación puede ser una alternativa efectiva para resolver conflictos sin llegar a juicio. Los abogados deben evaluar si este mecanismo es adecuado para sus casos.

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